¿Necesito un Abogado?

Por: LawInfo
Publicado: 12/2008
Existen muchas circunstancias en los Estados Unidos en las que una persona tiene derecho a representarse a sí misma en asuntos legales. La Suprema Corte ha determinado que la Sexta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos que garantiza el derecho el derecho de consulta, también permite a una persona representarse a sí misma en un juicio. Similarmente, muchos estados tienen disposiciones constitucionales que permiten la auto-representación. Sin embargo, este derecho a la auto-representación tiene límites y existen ciertas circunstancias en que el consultor legal es necesario.

¿Qué es Representación Per Se?

A un individuo que se representa a sí mismo en un asunto litigioso se le llama un litigante per se. Un litigante per se tiene el derecho de llamar testigos, formular peticiones al tribunal y de otras maneras representarse celosamente a sí mismo en un tribunal.

No se necesita que un litigante per se sea un abogado o tenga algún entrenamiento legal. Sin embargo, por definición, un litigante per se solamente puede representarse a sí mismo. No puede representar a otras personas debido a que si lo hiciese sería culpable de práctica de la ley no autorizada y sin contar con licencia.

Para los individuos que desean representarse a sí mismos, existen recursos disponibles estatales y privados para ayudarlos. Muchas asociaciones de la barra estatales proporcionan asistencia a litigantes per se. La Internet y las escuelas de Derecho también tienen material legal disponible.

¿Cuándo está Prohibida la Representación Per Se?

La mayoría de las leyes estatales limitan la representación per se cuando el litigante per se actúa no solamente a su propio nombre sino también a nombre de otros. Por ejemplo:

  • Representación de una Corporación: generalmente, un abogado con licencia debe representar a una corporación en un procedimiento legal. Esto es para proteger los derechos de todos los accionistas de la corporación.
  • Representación de un Patrimonio Sucesorio: similarmente, un abogado con licencia debe representar a un patrimonio sucesorio. Generalmente, un albacea no actúa per se debido a que los derechos de todos los herederos y beneficiarios en potencia deben estar protegidos adecuadamente.

Además, mientras los litigantes per se pueden actuar en su propio nombre en el juicio, eso no da a todo litigante per se el derecho de proceder sin un consultor. Por ejemplo:

  • Apelaciones: La mayoría de los Tribunales Federales de Apelación generalmente no permiten que los litigantes per se presenten argumentos ante el tribunal.
  • Discreción Judicial: A veces, a un juez del juicio le preocupa que la habilidad de un litigante per se no le permita defenderse adecuadamente a sí mismo o que la pericia de un litigante per se mantenga el decoro de una sala del tribunal y no sea negativa para los procedimientos. En esos casos, el juez puede determinar que el litigante per se necesita el consejo de un abogado con licencia para que lo aconseje atrás de la escena de un juicio. El juez también puede designar a un consejero si lo considera necesario.

¿Cuándo Desalentar la Representación Per Se?

También existen situaciones en las que un individuo puede tener el derecho legal de representarse a sí mismo y otras en las que eso no es una buena idea. Por ejemplo, si usted es un acusado en un juicio penal y su libertad está en juego, entonces, con frecuencia, es aconsejable tener un consejero o que se le designe un consejero en su nombre. También, si usted se encuentra involucrado en una quiebra complicada o un procedimiento civil donde el resultado puede afectar grandemente sus finanzas personales, es recomendable la ayuda de un abogado.

Solamente usted puede decidir si se considera competente para representarse a sí mismo y si usted desea correr los riesgos asociados al proceder como un litigante per se. Si usted no está seguro de cómo proceder, vale la pena discutirlo con la asociación de la barra local o con un abogado con licencia a fin de tener una mejor idea de cómo proceder.

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